España: ¿Es la libertad de expresión una mera quimera?

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Foto: EFE/Archivo


Por: German Gorraiz

20 de junio de 2024 Hora: 05:55

En resumen, la libertad de expresión sería una «rara avis» en el Reino de España, por lo que se antoja ineludible la derogación de los artículos 510, 578 y 491 del Código Penal.

El relato oficial dice que entre la muerte de Franco en 1975 y el fallido golpe de Estado de Tejero (23 de febrero de 1981), España sería una Arcadia idílica (de apellido Transición), en la que los líderes de la oposición al régimen de Franco y los reformistas del interior pactaron una agenda para preparar al Estado español para su anhelada entrada en Europa, así como garantizar la democracia y el progreso generalizado, todo ello bajo la supervisión del rey Juan Carlos I como valedor de la balbuciente democracia.

Sin embargo, en realidad el Estado español sería un escenario distópico fruto del Tejerazo de 1981, en el que los líderes políticos confinados en el Congreso fueron «invitados» a aceptar un acuerdo tácito por el que se declaraban intocables el status quo asociado al sistema monárquico (Juancarlismo), al sistema político bipartidista (implantación de las listas cerradas y de la Ley D´Hont) y a la defensa de la «unidad indisoluble de la nación española».

Las distopías se ubican en ambientes cerrados o claustrofóbicos enmarcados en sistemas seudo-democráticos donde la élite gobernante (establishment) se cree investida del derecho a invadir todos los ámbitos de la realidad en sus planos físico y virtual , no dudando en restringir los derechos básicos de la ciudadanía y estigmatizar a todos los sectores refractarios a la doctrina oficial del establishment con un anatema recurrente.

La libertad de expresión agoniza ante la ofensiva judicial marcada por la aplicación de los llamados «delito de odio» así como los «delitos de enaltecimiento al terrorismo» e «injurias a la Corona»,que han constreñido hasta el paroxismo la libertad de expresión mediante la imposición sistemática de multas estratosféricas y condenas de prisión para incontables tuiteros o la entrada en prisión del rapero Pablo Hasel.

Así, Amnistía Internacional constata que «el ejercicio de la libre expresión en las redes sociales se ha vuelto cada vez más peligroso debido a las reformas en la Ley Orgánica de protección de la Seguridad Ciudadana y del Código Penal, por las cuales se «amordaza el ejercicio de los derechos de reunión pacífica y de libertad de expresión y se daña el derecho a la información».

La mencionada deriva totalitaria del Estado español estará amparado por la «espiral del silencio» de los medios de comunicación de masas del establishment (PRISA, Vocento, Grupo Planeta, Grupo Godó, Grupo Zeta, Editorial Prensa Ibérica, Unidad Editorial, TVE y Mediaset España), teoría formulada por la politóloga alemana Elisabeth Noelle-Neumann en su libro «La espiral del silencio. Opinión pública: nuestra piel social» (1977). Dicha teoría simbolizaría «la fórmula de solapamiento cognitivo que instaura la censura a través de una deliberada y sofocante acumulación de mensajes de un solo signo», con lo que se produciría un proceso en espiral o bucle de retroalimentación positiva.

A ello contribuye el encefalograma plano de la conciencia crítica de la sociedad actual favorecida por una práctica periodística peligrosamente mediatizada por la ausencia de la exégesis u objetividad en los artículos de opinión así como el finiquito del código deontológico periodístico y tendría su plasmación en la implementación de la autocensura y en la sumisión «nolis volis» a la línea editorial de su medio de comunicación.

Así, el periodismo se habría transmutado en mera correa de transmisión de los postulados del establishment o sistema dominante,(fruto del endemismo atávico de la servidumbre a los poderes fácticos del status quo), deriva involucionista extrapolable a todos los ámbitos de comunicación interactiva del Estado español, (incluidas las redes sociales Facebook, Whatsapp y X).

En resumen, la libertad de expresión sería una «rara avis» en el Reino de España, por lo que se antoja ineludible la derogación de los artículos 510, 578 y 491 del Código Penal relativos a los «delitos de odio», «delitos de enaltecimiento al terrorismo» y «delitos de injurias a la Corona», para evitar la agonia de la libertad de expresión de la sui generis democracia española.

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