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El femicidio tendrá penas de entre 22 y 26 años de prisión. (Foto: Andes)

El femicidio tendrá penas de entre 22 y 26 años de prisión. (Foto: Andes)

Publicado 10 agosto 2014



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La nueva ley, que entró en vigencia este domingo, sanciona 70 nuevos delitos como el femicidio, el sicariato, los delitos informáticos, la violación a los Derechos Humanos e Internacionales, así como la manipulación genética entre otros.

Este domingo entró en vigencia el nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP) en Ecuador, luego de seis meses de su promulgación en el Registro Oficial y en reemplazo de la anterior normativa, vigente desde 1938.

El código tipifica alrededor de 70 nuevos delitos como el sicariato (asesinato por encargo), el femicidio, el maltrato animal, la no afiliación a la seguridad social, los delitos informáticos, violencia en los estadios, violencia intrafamiliar, abandono de persona y la mala práctica profesional.

Su discusión y posterior aprobación demoró cerca de dos años en la Asamblea Nacional, debido al reclamo de un sector de médicos que estaba preocupado por el artículo 146 que sanciona a la mala práctica profesional.

Sin embargo, luego de unas largas negociaciones, el Gobierno ecuatoriano logró un acuerdo con los médicos, que aceptaron el articulado.

La ley tipifica el femicidio y establece que “como resultado de las relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, se dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de serlo”, su sanción será de 22 a 26 años de prisión.

En el caso de un asesinato por encargo, modalidad conocida como sicariato, la normativa contempla una condena de cárcel de 22 a 26 años tanto para el autor material del crimen como para el autor intelectual.

En otro punto, la normativa sanciona a quien realice la interceptación ilegal de datos o a quien haga una transferencia electrónica no consentida de un activo patrimonial.

También se compilan las graves violaciones a los Derechos Humanos y delitos contra el Derecho Internacional Humanitario como el etnocidio, el exterminio, la agresión, entre otros.

La manipulación genética y la propagación de enfermedad de alta letalidad también serán sancionadas, al igual que la falsificación de recetas médicas y el mal despacho de las farmacias.

El COIP fue aprobado por el Legislativo ecuatoriano con 97 votos a favor luego de solventar 69 de las 73 observaciones hechas por el presidente Rafael Correa.


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