El expresidente de la región autónoma de Cataluña, Carles Puigdemont, alertó este sábado que la lucha antiterrorista no puede tener fronteras ideológicas, y pidió explicaciones al Estado español sobre las comunicaciones que sostuvieron el imán de Ripoll y el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) en el año 2014.
"Si hubieran compartido la información sobre el imán de Ripoll con la policía catalana, habríamos podido ser mucho más eficaces contra esta amenaza", explicó el líder independentistas a medios locales.
Puigdemont manifestó que el Estado español no compartió toda la información con el Gobierno catalán, el cual no actuó "pensando que se ocultaba información".
"Nuestra obligación, y esperábamos que también era la del Estado -pero hemos visto que no-, era proteger a los 7,5 millones de catalanes", aseveró el independentista.
El catalán ironizó la situación afirmando que el CNI "dedica tantos esfuerzos a mirar que (yo) no entre por la frontera en un maletero", en vez de dedicarse a "salvar vidas" compartiendo su información.
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"¿En manos de quién hemos puesto nuestra seguridad?", se preguntó, al tiempo que cuestionó si los recursos contra el terrorismo están "bien destinados".
Comunicaciones durante 2014
Medios locales informaron que en el año 2014, durante cuatro meses, el CNI y el imán de Ripoll, de nombre Abdelbaki Es Satty, mantuvieron comunicación, mientras éste cumplía una condena por tráfico de drogas.
El imán, quien es dentro del mundo musulmán la persona que dirige la oración comunitaria, fue señalado como el responsable de haber adoctrinado al grupo de jóvenes terroristas que cometieron en agosto los atentados en Barcelona y Cambrils.
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Fuentes del CNI señalaron que las comunicaciones con el imán se enmarcaron en una práctica habitual, también realizada por otros cuerpos de seguridad en cuanto aparecen indicios de células terroristas.
Satty estuvo en la cárcel desde 2011 hasta 2014 y, tras cumplir su condena, iba a ser expulsado de España, medida que no pudo ejecutarse por tener condición de residente de larga duración, la cual impedía su expulsión por haber sido condenado solo por un delito penado con más de un año de prisión.