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La Corte dictaminó que el hecho de vivir en el extranjero no fue una decisión voluntaria de los hijos de los exiliados. (Foto: Archivo)

La Corte dictaminó que el hecho de vivir en el extranjero no fue una decisión voluntaria de los hijos de los exiliados. (Foto: Archivo)

Publicado 16 septiembre 2014



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La Corte Suprema de Justicia de Argentina, decidió que tanto los exiliados de la última dictadura militar como sus hijos serán indemnizados.

Los hijos de exiliados en la última dictadura militar argentina (1976-1983) serán indemnizados, como sus padres. Así lo estableció la Corte Suprema de ese país este martes.

Aunque no especifica montos, el fallo de la justicia argentina amplió el alcance de la ley 24.043, que determina la indemnización de los exiliados del país entre noviembre de 1974, cuando se inició la violencia política en el país previa al golpe militar, y diciembre de 1983, para que también los hijos de éstos, nacidos fuera de Argentina, la cobren.

La Corte argumenta que "no hay justificativo para desconocer el derecho a los hijos de esos exiliados, impedidos de nacer en la patria de sus padres por razones completamente ajenas a ellos".

El tribunal se apoyó en jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y consideró que, "ante la imposibilidad de volver al país en condiciones seguras hasta el regreso de la democracia, la vida de exiliados y sus hijos transcurrió ajena a la cultura e idiosincrasia propias de su tierra".

En la última dictadura de Argentina se le llamó: Proceso de Reorganización Nacional liderada por una junta militar, encabezada por los comandantes de las tres Fuerzas Armadas desde el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, que derrocó al gobierno constitucional de la presidenta María Estela Martínez de Perón, hasta el 10 de diciembre de 1983.


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