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Si algún partido o candidato incumple la normativa puede resultar en sanciones significativas.

Si algún partido o candidato incumple la normativa puede resultar en sanciones significativas. | Foto: El Sol de San Luis

Publicado 30 mayo 2024



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Las instituciones encargadas de supervisar el cumplimiento de la veda electoral, como el Instituto Nacional Electoral (INE), han intensificado los monitoreos de todos los medios.

El silencio electoral comenzó este jueves en México y se extenderá hasta el próximo domingo cuando estén cerradas las casillas de votaciones.

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Esa medida, establecida en el Artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, tiene como propósito que el pueblo pueda tener un tiempo de reflexión antes de emitir su voto, libre de la influencia de campañas publicitarias.

En tanto, el artículo 337 de la Ley Estatal Electoral establece que “las campañas electorales para la Gubernatura del Estado tendrán una duración de sesenta días. Las campañas electorales para diputaciones y ayuntamientos tendrán una duración de cuarenta días. Las campañas electorales de los partidos políticos se iniciarán a partir del día siguiente al de la sesión de registro de candidaturas para la elección respectiva, debiendo concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral”.

Durante esos días los partidos políticos y candidatos tienen prohibido realizar cualquier tipo de propaganda electoral, incluyendo publicaciones en medios de comunicación y redes sociales.

En este período también queda prohibido publicar por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales de las y los ciudadanos.

Si alguna persona física o moral desea realizar un muestreo para dar a conocer las preferencias electorales de la población deberán adoptar los criterios generales de carácter científico emitidos por el Instituto, y siempre después de consultar con los profesionales del ramo o las organizaciones en que se agrupen.


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