El cálculo para su determinación fue realizado según las reglas establecidas en la tercera transitoria de la Constitución Política.
El Servicio Electoral de Chile (Servel) dio a conocer que los 17 escaños reservados contemplados con miras a la elección de Convencionales Constituyentes, fueron determinados dentro de los 155 escaños a elegir en virtud de los distritos electorales establecidos en el artículo 141 de la Constitución.
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Según Servel, la disminución del número de escaños por distrito fue determinada por acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral en sesión celebrada el sábado 26 de diciembre.
El cálculo fue determinado con base a la mayor proporción de población indígena mayor de 18 años de cada distrito, según el Censo 2017, sin considerar a los distritos que eligen tres escaños y sin rebajar más de un escaño por distrito (Ley N° 21.298, publicada 23/12/2020).
Para el establecimiento de los 17 escaños reservados para pueblos indígenas dentro de los 155 escaños de los distritos electorales establecidos en la Constitución, Servel determinó que 17 distritos disminuyen en uno sus escaños. pic.twitter.com/QBLakMBQjC
— Servicio Electoral (@ServelChile) December 26, 2020
El acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral determinó la disminución del número de escaños en los distritos electorales en 138, a lo que se suman los 17 escaños reservados para los pueblos indígenas en la Convención Constitucional.
Las regiones de Chile que tendrán los 17 escaños a los pueblos originarios son Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, Biobío, la Araucanía, los Ríos, los Lagos.