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El proyecto, ahora denominado Ley Orgánica, prevé ser enviado para su segundo y definitivo debate en el Pleno hasta el 25 de enero próximo.

El proyecto, ahora denominado Ley Orgánica, prevé ser enviado para su segundo y definitivo debate en el Pleno hasta el 25 de enero próximo. | Foto: EFE

Publicado 11 enero 2022



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Comisión pide que aborto en casos de violación se aplique hasta las 28 semanas de gestación.

La Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional de Ecuador (Parlamento) fijó en 28 semanas de gestación como máximo para que las mujeres mayores de 18 años víctimas de violación puedan abortar y en el caso de las menores y mujeres discapacitadas no tienen ese plazo.

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Este lunes, la Comisión inició la revisión del borrador del proyecto de Ley Orgánica para Garantizar el Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en caso de Violación que presentó la Defensoría del Pueblo, en cumplimiento de la sentencia de la Corte Constitucional.

Uno de los criterios expresados en la sesión fue el de Johanna Moreira y Noemí Cabrera, quienes consideran que no debería existir plaza para interrumpir el embarazo en el caso de violación.

Sin embargo, prevaleció el criterio presentado por el congresista, miembro del movimiento correísta Unión por la Esperanza (UNES) José Agualsaca, que obtuvo seis votos.

Como parte del debate, finalmente Moreira recomendó 22 semanas para la práctica del aborto. En cambio, el congresista José Chimbo comentó que el máximo debería ubicarse en 12 semanas. Su propuesta recibió cuatro votos en contra, por lo que no progresó.

De acuerdo con el presidente de la Comisión, Alejandro Jaramillo, la mesa legislativa ha mantenido sus puertas abiertas para escuchar las propuestas de distintos sectores para articular el proyecto.

“A la comisión han acudido médicos y otros profesionales de la salud, especialistas, expertos nacionales y extranjeros y constitucionalistas, quienes presentaron sus observaciones, al igual que los legisladores”, indicó.

El proyecto de ley se aplicará en todo el territorio ecuatoriano “y será de observancia y aplicación” para las personas, servicios y operadores de salud junto a establecimientos públicos y privados del sistema nacional de salud para prevenir la violencia contra las mujeres.

“Toda persona gestante producto de una violación estará amparada por las disposiciones de esta ley”, dispone el boletín del Legislativo.

La normativa futura incluye los derechos de niñas, adolescentes mujeres y personas gestantes con discapacidad o que posean una condición discapacitante o en movilidad humana para acceder al aborto en caso de violación.

Asimismo, la Comisión evaluó los requisitos y fijó un procedimiento para que los casos de violación sean atendidos por la Fiscalía General del Estado desde el establecimiento de salud, con el objetivo de que se investigue y se proceda con una atención integral.

Luego de diez horas de sesión, el titular de la Comisión fijó una nueva convocatoria para la revisión del proyecto para este miércoles 12 de enero. Lo que concluyan los parlamentarios se someterá a segundo debate en el pleno de la Asamblea, que tendrá que votarlo, después de haber pasado el primero en 2021.

En abril de ese año, el Tribunal Constitucional aprobó despenalizar el aborto para mujeres víctimas de violación. Hasta esa fecha, Ecuador solo consideraba legal el aborto en caso de riesgo para la salud de la madre.


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