• Telesur Señal en Vivo
  • Telesur Solo Audio
  • facebook
  • twitter
Con siete votos a favor y uno en contra se determinó que sí hubo quorum el pasado 2 de mayo en el Senado colombiano para rechazar las objeciones de Duque.

Con siete votos a favor y uno en contra se determinó que sí hubo quorum el pasado 2 de mayo en el Senado colombiano para rechazar las objeciones de Duque. | Foto: EFE

Publicado 29 mayo 2019



Blogs


La decisión del alto tribunal colombiano establece que el presidente Iván Duque debe proceder a la sanción de la normativa sin demora.

La Corte Constitucional de Colombia ordenó este miércoles al presidente Iván Duque que sancione la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), lo que deja sin efecto sus seis objeciones.

LEA TAMBIÉN

Corte Suprema de Colombia ordena liberación de Jesús Santrich

Esta decisión del alto tribunal fue dictada con siete votos a favor y uno en contra, al determinar que sí hubo quorum el pasado 2 de mayo durante el debate realizado en el Senado colombiano para rechazar las objeciones del mandatario.

Según la orden de la sala plena, Duque debe proceder a la sanción de la normativa sin demora, ya que en el Parlamento se obtuvo el respaldo de 47 votos para descartarlas y 34 para considerarlas.

Las objeciones de Duque pretendían modificar los artículos de la Ley que regulan en materia de extradición de terceros, reparación de víctimas, práctica de pruebas para extradición, entre otros puntos.

La Corte Constitucional asumió la decisión sobre la Ley Estatutaria luego que el Congreso no se colocara de acuerdo en la mayoría requerida para hacerlo, tras varios debates que desencadenó diversas reacciones en el país.

Duque ya no podrá presentar nuevos obstáculos para impedir que la normativa siga su curso y debe cumplir con la orden dada por el alto tribunal.


Comentarios
0
Comentarios
Nota sin comentarios.