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la Corte señaló que la Presidencia de la República no proporcionó argumentos suficientes para justificar la necesidad del estado de excepción.

la Corte señaló que la Presidencia de la República no proporcionó argumentos suficientes para justificar la necesidad del estado de excepción. | Foto: El Comercio

Publicado 11 mayo 2024



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La Corte Constitucional, en su dictamen de mayoría, determinó que el Decreto Ejecutivo 250 no logró justificar la existencia de un conflicto armado interno, tal como lo establece la jurisprudencia previa del tribunal.

En una sesión ordinaria celebrada este viernes 10 de mayo de 2024, la Corte Constitucional de Ecuador emitió un dictamen desfavorable respecto al Decreto Ejecutivo No. 250, emitido el 30 de abril de 2024 por el presidente Daniel Noboa.

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Dicho decreto declaraba el estado de excepción por conflicto armado interno en las provincias de El Oro, Los Ríos, Manabí y Santa Elena, autorizando la movilización de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, así como la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio por un período de sesenta días.

La Corte Constitucional, en su dictamen de mayoría, determinó que el Decreto Ejecutivo 250 no logró justificar la existencia de un conflicto armado interno, tal como lo establece la jurisprudencia previa del tribunal.

En consecuencia, se declaró la inconstitucionalidad de la declaratoria de estado de excepción, con efectos a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Asimismo, la Corte señaló que la Presidencia de la República no proporcionó argumentos suficientes para justificar la necesidad del estado de excepción ni demostró que los hechos alegados no podrían ser abordados mediante el régimen constitucional ordinario. 

Se hizo hincapié en la importancia de motivar adecuadamente cualquier decreto de estado de excepción y de ofrecer datos fácticos que respalden la necesidad de recurrir a un mecanismo constitucional tan extraordinario.

Es importante destacar que el dictamen de mayoría de la Corte Constitucional contó con dos votos salvados de las juezas Carmen Corral Ponce y Teresa Nuques Martínez, quienes expresaron su discrepancia con la posición mayoritaria al considerar que el estado de excepción declarado en el Decreto Ejecutivo No. 250 estaba justificado y cumplía con los parámetros establecidos por la jurisprudencia.


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